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¿CÓMO EVITAR PAGAR COMISIONES?

Si hay una palabra que a nadie le gusta es comisión. Una de las pocas cosas en la que estamos todos de acuerdo, es que a ninguno nos gusta pagar un dinero extra por determinados servicios de bancos y otras compañías como las telefónicas o las eléctricas.

¿SE PUEDE EVITAR PAGAR DETERMINADAS COMISIONES?

experta en comisionesEl pago de más por determinados servicios es una cosa que nos indigna a todos, ya que pensamos que son servicios que deberían ser gratuitos. Este tipo de enfados es latente en el terreno bancario, ya que algunas entidades imponen comisiones por muchos de sus servicios, como, por ejemplo: cobrar un talón, realizar una transferencia, por el mantenimiento de cuenta, etc.

Y esos son los que conocemos. Lo que realmente lleva de cabeza a todos, son aquellas que no conocemos, aquellas de las que tan siquiera nos enteramos, pero por el que vemos disminuir el saldo de nuestra cuenta una vez al mes o al año.

Por ello, en los últimos años se ha incrementado considerablemente el tiempo que muchos usuarios dedican a buscar productos bancarios con menos comisiones.

Lo cierto, es que hay algunas comisiones que podríamos evitar con sólo ir al banco y, de este modo ahorrarnos unos euritos.

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comisionesLo primero que debes hacer es leer bien los contratos que firmas con la banca, ya que el Banco de España exige que venga escrito en el contrato y además, que se ofrezca un servicio por la banca, que tenga un real coste efectivo para la misma.

También podrás acercarte a la entidad y negociar con ellos, a fin de que te las quiten o te las reduzcan, jugando con que tienes depositados tus ahorros, tienes una nómina, recibos domiciliados, etc.

Otra manera de ahorrar y no pagar comisiones es optar por la banca online, que no cobra muchas de las comisiones/gastos de la banca tradicional.

Otra cosa importante, es dar de baja todas las tarjetas, cuentas y productos que no utilicemos y que nos estén generando comisiones, o unificar cuentas, y evitar así las comisiones del resto.

Otra recomendación, es cancelar los servicios de comunicación de movimientos por carta o por SMS.

La información es poder. Por eso, antes de contratar servicios bancarios debemos informarnos bien de las posibilidades que existen y elegir en consecuencia.

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de la Redacción


¿SON ANTICOMPETITIVOS LOS REGISTROS DE MOROSOS?

Uno de los argumentos más complejos en el ámbito de competencia es el intercambio de información entre competidores. A pesar de que algunos de estos intercambios pueden ser claramente un instrumento para llevar a cabo instrumentos anticompetitivos, hay varias situaciones en las que son indispensables para el ejercicio de la propia actividad. El clásico sector dónde se comparten todo tipo de información económica acerca del cliente es en el mercado crediticio, dónde existen ficheros dónde cada entidad puede acudir a consultar la situación de solvencia tanto de sus clientes como de los futuros.

¿LOS REGISTROS DE MOROSOS SON ANTICOMPETITIVOS?

anticompetividadSe ha cuestionado y ha sido objeto de un profundo debate, sobre si este tipo de registros pudieran ser conductas anticompetitivas.

Al final, ha tenido que venir el Tribunal de Justicia Europeo a esclarecer el asunto. Esto de que tenga que intervenir Estrasburgo, se ha convertido en el nuevo trend de nuestro país.

El motivo que provocó que se llegara a los tribunales fue la autorización concedida por el Tribunal de Defensa de la Competencia español a la compañía Asnef-Equifax para continuar a desarrollar el sistema de intercambio de información acerca del cumplimiento en el pago de los deudores.

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sentenciaEsta autorización fue anulada tras el recurso contencioso administrativo presentado por Ausbanc, quién entendía que dicho sistema restringía la libre competencia.

Tras la anulación, Asnef presento recurso al Tribunal Supremo, quién decidió consultar al TJUE sobre la potencialidad del registro para afectar la competencia en el sector financiero y crediticio.

El TJUE entendió dichos sistemas beneficiosos para los propios deudores, en tanto en cuanto reduce su porcentaje de incumplimiento. Así como, permite evaluar con precisión la probabilidad de pago de los créditos y el perfil de riesgo de los deudores.

Además el TJUE puntualizo, que no es anticompetitivo siempre y cuando en el mercado financiero exista diversidad de oferentes y la plataforma no permita identificar al acreedor de cada deudor, de tal manera que no se den pistas sobre la estrategia comercial y posición en el mercado de cada entidad.

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de la Redacción


DECRETO DEL ALQUILER, ¿UNA SOLUCIÓN?

El Real decreto ley sobre medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler se fundamenta en cinco macro objetivos: el incremento de la oferta, la moderación de precios, el aumento parque de vivienda social, la reducción de los desahucios y, finalmente, la mejora en la accesibilidad de las viviendas.

¿RESUELVE REALMENTE EL PROBLEMA EL DECRETO DEL ALQUILER?

alquiladosEl derecho a la vivienda en España, está reconocido en la Constitución de 1978, por lo que debería ser un derecho asegurado para todos. Si bien encontrar una verdadera solución es un trabajo más arduo de lo que parece. Por ello, si analizamos la verdadera propuesta de este decreto, parece que la realidad es que no ayuda y puede que hasta perjudique.

En primer lugar, se incrementa el tiempo obligatorio en los contratos, de 3 a 5 años para particulares y hasta siete años a las empresas. Esto perjudica mucho más a los propietarios individuales, ya que el porcentaje de vivienda para alquilar en manos de empresas aún es muy bajo. Por ello, puede que algunos propietarios decidan retirar sus pisos del mercado porque en caso de necesitar la vivienda tendrían problemas.

Lo que genera problemas al segundo objetivo, si la demanda aumenta y la oferta no, los precios no se moderarán.

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decreto alquilerPor otro lado, la limitación de las garantías, también puede tener su lado oscuro. Con un mes de fianza y, dos más adicionales, el arrendador debe elevar sus provisiones ante el riesgo de impago y, esto lo hará subiendo los alquileres. Además elevarán su grado de exigencia con el perfil económico del inquilino, lo que dejará fuera a los colectivos más vulnerables.

Respecto al IPC como índice de referencia, en principio parece correcto, siempre que no se pongan trabas en el resto de puntos. Eso sí, serán las administraciones locales las más perjudicadas, ya que recaudarán menos IBI.

En lo que respecta a los desahucios, lo ideal es que no existieran, algo que en teoría podría ser posible con el aumento de un parque de viviendas sociales. Si bien la realidad de los mismos, es que no se recoge ni quién lo hace, sólo se menciona su futura creación.

En conclusión, la seguridad jurídica y económica para ambas partes es fundamental, por lo que si se genera un desequilibrio entre ellas, en este caso el arrendador, estos tratarán de compensar su riesgo aumentando el precio y, el efecto será el contrario.

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de la Redacción