¿Cuánto cuesta acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda oportunidad puede suponer un coste que oscile entre los 4.000 y 10.000 euros, ya que en función del importe de la deuda el precio por acogerse al ley de la Segunda oportunidad puede variar.

Para saber cuánto cuesta la LSO debes tener en cuenta que es un proceso tutelado por un juez, y para poder disfrutar del beneficio de la Ley  es necesaria la participación de abogado, notario, Registro Mercantil o Cámara de Comercio y procurador para dirigir y coordinar las actuaciones a seguir. Además, el juez designará un mediador o administrador concursal para presentar la solicitud necesaria para que puedas beneficiarte de la ley.

Requisitos para acogerse a la LSO

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Si tienes algún tipo de ingreso, no tienes vivienda o bienes a tu nombre y tu deuda supera los 15.000 Euros.

En caso de que trabajes por cuenta propia, bien como autónomo, bien como empresario que administres tu sociedad, tendrás que llevar tu procedimiento por el Registro mercantil o la Camara de Comercio. La provisión y el coste adicional incrementa el procedimiento en 300 Euros. Es decir, en este caso el coste de la Ley de Segunda Oportunidad es de 3.800 Euros.

En caso de que tengas una vivienda en propiedad, habrá que añadir una provisión (que puede llegar a 900 Euros) para cubrir los gastos adicionales (tasas oficiales, registrales, etc…).

Si estás casado en régimen de bienes gananciales o tienes algún familiar garantizando o avalando tu deuda deberás presentar dos procesos de Segunda Oportunidad. Tendrás que pagar 3.500 Euros por el primero y una retribución reducida de 2.500 Euros el segundo.

Condiciones para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

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Para acogerse a esta ley hay que cumplir ciertos requisitos que son los siguientes:

  1. Tiene que existir una justificación que pruebe que el deudor no cuenta con el patrimonio suficiente para hacer frente a sus deudas.
  2. La cantidad adeudada no puede superar los cinco millones de euros.
  3. Las deudas deben haber sido contraídas actuando de buena fe. Este concepto es muy amplio y da pie a nuevas premisas que han de cumplirse para tomar una decisión.

¿Qué significa actuar de buena fe?

Para determinar esta conducta se revisan otra serie de condiciones.

  1. En primer lugar, es obligatorio que haya existido un intento de alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores. 
  2. El deudor no puede haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales contra instituciones públicas como Hacienda o la Seguridad Social. 
  3. Es necesario que la persona no sea declarada culpable en el concurso de acreedores. La buena fe no existiría si el deudor contrajo sus deudas sabiendo de antemano que no iba a poder pagarlas o bien si no actuó con la suficiente diligencia.

Finalmente, es necesario para poder acogerse a esta ley no haberlo hecho con anterioridad en los últimos diez años.

 
Debes saber que si contactas con la organización para solicitar la baja de tus datos, ASNEF-Equifax ha de ponerse en contacto con la empresa expendedora de la acusación de deuda para confirmar que ha sido pagada o para comprobar que aún sigue vigente. No obstante, recibirás una respuesta obligatoriamente en menos de 10 días.

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de la Redacción