¿ME PUEDEN EMBARGAR LA CUENTA SIN AVISAR?

En muchas ocasiones, es el nuestro propio banco el que nos comunica que nuestra cuenta bancaria ha sido embargada, pero la entidad en realidad no tiene nada que ver. La orden puede haber sido emitida tanto por un juez como por la propia Administración pública y, tiene como objetivo cobrarse aquellas deudas que tengamos.

¿A QUÉ SE DEBE UN EMBARGO?

embargadoEl embargo es un instrumento jurídico que permite garantizar el cobro de un acreedor frente a un deudor. Mediante este mecanismo, un Juez o una autoridad administrativa, en función del caso, ordena retener las cuentas o bienes del embargado.

Cuando recibimos una notificación del embargo de una cuenta bancaria es recomendable comprobar, que la deuda sea real y la cantidad también.

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embargoEl embargo es siempre por una cantidad concreta de dinero, por lo que en realidad sólo nos retendrán el dinero que debemos, si la cuenta corriente dispone de más dinero, no nos lo tocarán. Si por el contrario, en nuestra cuenta no hay dinero suficiente para cubrir el total de la deuda, sólo tocarán el dinero que haya en la cuenta, no pudiéndonos dejar con saldo negativo la cuenta corriente o lo que es lo mismo, en números rojos.

La cantidad que nos pueden embargar varía en función del dinero que tenemos en la cuenta y del salario mínimo interprofesional, ya que hay unos baremos que se deben respetar.

Para el caso de las cuentas de titularidad conjunta, el embargo se aplicará solamente al saldo que pertenezca a la persona endeudada, siempre que sea claro la cifra que corresponde a cada titular.

Como la mayor parte de las veces es imposible saber el dinero que pertenece a cada titular, por defecto se entenderá que el dinero que hay en la cuenta es de todos los miembros de manera equitativa. Por ello, el banco solo tocará la parte que según los cálculos pertenece a la persona embargada.

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de la Redacción