LAS NUEVAS REGLAS DE LAS HIPOTECAS

Los contratos hipotecarios que se firmen a partir de hoy, se regirán por la nueva ley de contratos de crédito inmobiliario, que reconfigura numerosos elementos esenciales de las hipotecas, así como todas las novaciones o subrogaciones de hipotecas que se realicen con posterioridad a la entrada en vigor de esta normativa.

CONOCE COMO FUNCIONAN AHORA LAS HIPOTECAS

pareja que va contratar una hipotecasEsta nueva ley, que entró en vigor ayer, 16 de junio, no se aplicará con efectos retroactivos, con excepción de las novaciones o subrogaciones hipotecarias que se acuerden a partir de ahora o para las hipotecas que contengan cláusulas de vencimiento anticipado se aplicará de forma retroactiva esta nueva ley.

Con la nueva ley que ha entrado en vigor, las entidades financieras tendrán que valorar la solvencia del potencial usuario de la hipoteca “en profundidad” antes de conceder el préstamo. Esto se traduce en analizar su empleo, sus ingresos presentes y los que presumiblemente tendrán durante la vida de la hipoteca, incluso los de la pensión, los activos que eventualmente detenga, sus ahorros, los gastos fijos y los compromisos ya asumidos.  Con esta reforma, la evaluación de solvencia no puede basarse en la aportación inicial a la compra por parte del deudor.

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hipotecas transparentesPor otro lado, el Banco a partir de ahora será el obligado a sufragar todos los gastos, salvo aquellos de la tasación que tendrá que abonar el titular del préstamo.

La comisión de apertura por su parte sigue existiendo, siempre y cuando sea por servicios efectivamente prestados o gastos que se puedan acreditar y, que además deberán ser solicitados o aceptados por el cliente.

Importante destacar que esta nueva ley prohíbe las cláusulas suelo, es decir, en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo, si bien, también estipula que el interés remuneratorio no puede ser negativo, a fin de para evitar que una entidad llegue a pagar por prestar dinero. Asimismo, el índice que se utiliza para componer el tipo de interés variable tiene que ser “claro, accesible, objetivo y verificable por las partes”, y no puede ser susceptible de influencia por parte de las entidades financieras.

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de la Redacción