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PAGO DE DAÑOS MORALES POR EL BLOQUEO DE UNA CUENTA

Los bancos no tienen potestad para hacer lo que quieran y, mucho menos para bloquear una cuenta sin la intervención y conocimiento de todos los titulares. Y si deciden hacerlo, dicha acción puede suscitar la obligación de indemnizar, no sólo por los perjuicios económicos generados, también por daños morales causados por la sensación de desamparo y deslealtad de la entidad.

CONDENAN A UN BANCO AL PAGO DE DAÑOS MORALES

divorciadosAsí lo ha recogido la sentencia del Juzgado nº 7 de Valladolid, quién ha condenado al Banco de Caja España de Inversiones, Salamanca y Soria, SAU a indemnizar en la cantidad de 3.000 euros a uno de sus clientes por la angustia que le creó la inmovilización de su dinero ordenada por la otra cotitular de la cuenta.

El juez entendió que el banco incumplió el deber de imparcialidad y, gestionó negligentemente el dinero depositado en la cuenta.

En el presente caso, la que era su esposa (empleada del banco) bloqueo la cuenta común, impidiendo a su marido cualquier movimiento bancario y, la entidad no le informó de dicho extremo, enterándose el mismo de dicha decisión cuando el sistema le denegó una transferencia de 500 euros.

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evo banca

Cuando acudió a pedir explicaciones, en la sucursal le indicaron que, al encontrarse inmerso en un proceso de divorcio, la cuenta había sido bloqueada y, ninguno de los dos titulares podía hacer movimientos. Si bien, parece que la esposa sí pudo ordenar movimientos para cubrir determinados gastos.

El banco también actuó de manera parcial cuando procedió a cambiar la dirección de envío de correspondencia al domicilio de sus suegros, a petición de la empleada y sin notificárselo a su cliente, si bien no produjo un grave perjuicio ya que el cliente utilizaba el sistema de banca electrónica.

La actuación de la entidad fue negligente y supuso un incumplimiento de sus obligaciones con su cliente la diciente magnitud para sustentar la condena. Esta situación, le generó una “evidente y natural tensión y desasosiego” que agudizaron las “lógicas dificultades” del proceso de divorcio.

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de la Redacción


SI TIENES UN COCHE NECESITAS UN SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado y, ha establecido que es necesario tener un seguro de responsabilidad civil del automóvil, aunque ya no utilices el coche y lo estaciones en un terreno privado.

SI TU COCHE PUEDE CIRCULAR DEBE TENER SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL

mujerEl TJUE resuelve un caso que sucedió en Portugal en que, la propietaria de un vehículo automóvil matriculado en dicho país había dejado de conducirlo por motivos de salud y lo había estacionado en el patio de su casa, sin iniciar los trámites para la retirada oficial del mismo.

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En noviembre de 2006, el hijo de la propietaria del vehículo cogió el coche sin su permiso, y tuvo un accidente en el falleció junto con las otras dos personas que llevaba como pasajeros.

La propietaria del vehículo no tenía suscrito el seguro de responsabilidad civil del automóvil, y el Fondo de garantía de seguros del automóvil de Portugal se hizo cargo de los daños causados por el accidente e indemnizó a los familiares de los pasajeros.

seguro cocheSi bien, a continuación, el Fondo demandó a la dueña del vehículo por considerar que había incumplido su obligación de tener suscrito un seguro de responsabilidad civil, y le reclamó las cantidades en concepto de indemnizaciones.

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La defensa de la propietaria alegó que no era responsable del accidente y, que teniendo estacionado su vehículo en su patio sin intención de moverlo, no estaba obligada a suscribir un seguro de responsabilidad civil del automóvil.

El Tribunal Supremo de Portugal, encargado de conocer del recurso interpuesto por el Fondo de Garantía del Automóvil, plantea ante el TJUE cuestiones prejudiciales centradas en determinar si es obligatorio suscribir un contrato de seguro de la responsabilidad civil del automóvil cuando el vehículo de que se trate se encuentra estacionado en un terreno privado por la mera decisión de su propietarioque ya no tiene intención de conducirlo.

Y, el TJUE se acaba de pronunciar al respecto, estableciendo que, es obligatorio suscribir un contrato de seguro de responsabilidad civil del automóvil cuando el vehículo sigue estando matriculado en un Estado miembro y es apto para circular, pero se encuentra estacionado en un terreno privado por la mera decisión de su propietario, que ya no tiene intención de conducirlo.

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de la Redacción

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SE TOMA LA JUSTICIA POR SU MANO, OKUPA SU PROPIA CASA

Juan, propietario de un adosado al sur de Tenerife, gritó de alegría cuando consiguió recuperar su vivienda después de que su inquilina llevara casi un año sin pagar, mientras se encontraba subarrendando las habitaciones. Un minucioso plan diseñado por el llamado “equipo desahucio”, así se llamaba el grupo de whatsapp, les dio la victoria.  

HACE JUSTICIA Y OKUPA SU CASA

JuanJuan empleado de un hotel en Baleares, tenía alquilada desde 2014 su casa de Tenerife. Nunca había tenido problemas, siempre habían realizado contratos semestrales, hasta que la mujer que le alquilaba el piso le pidió que lo aumentaran a 36 meses, a lo que Juan se negó. En ese instante, la mujer cambio su actitud y dejo de pagar.

El contrato recogía una cláusula de sujeción al arbitraje para el caso de que surgieran controversias, pero ella jamás se dejó notificar, por lo que Juan se vio en la necesidad de realizar un informe dónde se acreditase la imposibilidad de notificarla y así, conseguir que se emitiera un laudo en el que se estableciese que la inquilina debía abandonar el domicilio. Pero no sirvió para nada.

Así, ante la desesperación de continuar pagando la hipoteca de un inmueble que no le daba fruto alguno y, las pocas alternativas que le dejaban, decidió entrar en su vivienda cuando no hubiera nadie y por su puesto sin violencia.

desahucioSu tío, residente de Tenerife, alquiló una de las habitaciones de la casa de su sobrino, haciéndose pasar por un recién llegado a la isla. Consiguió las llaves y durmió la primera noche ahí, con el resto de inquilinos.

Al día siguiente, Juan voló desde Menorca a Tenerife, mientras su hermano aprendía como se cambiaba una cerradura en tiempo record. Después acudieron a la casa y cuando se cercioraron con la ayuda de su tío que no había nadie, entraron en la casa y cambiaron la cerradura.

Pocos minutos después, apareció en la vivienda la “inquilina”, quién se lamentó y le denunció. Pero la guardia civil, le dijo que no podía echar al propietario. 

de la Redacción

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