O pagas o te embargan... ¿Cómo defenderse de un Monitorio?

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Un juicio monitorio es un tipo de demanda judicial, caracterizada por ser un trámite sencillo y rápido para reclamar deudas documentadas, exigibles y líquidas. Esta herramienta legal sirve para reclamar dichos créditos a un deudor sin necesidad de acudir a un juicio declarativo, en función de la cuantía debida.
 
 

¿Cómo defenderse de un Monitorio?

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Puede ser usado por cualquier persona o entidad para reclamar deudas económicas, sean de la cantidad que sean. Este tipo de juicios sólo sirven para reclamar deudas en dinero, perfectamente determinadas en su cuantía.

Tienen que estar vencidas, es decir, que haya terminado su plazo ordinario para pagarse, y que sean exigibles, es decir, que el deudor tenga obligación de pagarla. No hay límites de cantidad para usar este procedimiento judicial, aunque si los hubo en el pasado. 

¿Qué se puede reclamar a través de un juicio monitorio? 

A través de un este procedimiento se pueden reclamar créditos, préstamos, facturas, cuotas de comunidad de propietarios, tanto periódicas como extraordinarias, cuotas de alquiler debidas, etc. Lo que el Juzgado exige es un principio de prueba sobre la deuda. Valdría hasta un albarán de entrega de mercancías que esté firmado por el deudor.

¿Qué requisitos deben cumplir las deudas para poder ser reclamadas?

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Las deudas no pueden haber sido exigidas judicialmente antes. Si el acreedor presentó una demanda anterior, y el juzgado la rechazó, no puede intentarlo de nuevo. Estas deudas que se reclaman no pueden estar prescritas. La prescripción es un medio de extinción de la obligación de pago. La deuda no puede tener más de cinco años, o en caso de tenerlo, el acreedor deberá justificar que ha interrumpido la prescripción con reclamación fehaciente al deudor para que pagara la deuda y han de estar documentadas.


¿Y si no puedes pagar aunque te hayan puesto un juicio monitorio?

Si se ha recibido una demanda de juicio monitorio y no puede pagar, para el juzgado no es importante.

Si no presenta oposición dentro del plazo de contestación, el monitorio se convertirá en un procedimiento de ejecución, y procederán contra usted para cobrarle a la fuerza. Partiendo de que a usted le reclaman, y no tiene dinero para pagar lo que debe, nuestra experiencia nos dice que hay que hacer dos cosas: 

  1. Presentar oposición, con lo que se gana tiempo, y se abren posibilidades de que la demanda pueda ser desestimada por diversas razones.
  2. Si reconoce que debe lo que le piden, lo adecuado sería negociar con el acreedor, solicitando una quita o reducción de la deuda, e incluso unos plazos para hacer frente a los pagos. De ese modo, aunque reconozca su deuda, puede conseguir una reducción del precio a pagar.

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de la Redacción