Pensión de jubilación... ¿Y si no he cotizado el mínimo?

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La pensión no contributiva de jubilación permite a las personas mayores de 65 años recibir una pensión a pesar de no haber cotizado los años suficientes. Si no se ha cotizado o si se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación. 
 

¿Cómo funciona la pensión de jubilación?

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En España la edad para jubilarse varía conforme pasan los años. Actualmente, la edad se sitúa en los 65 años, habiendo cotizado como mínimo 37 años y tres meses. Si no es el caso, la edad de la jubilación ordinaria es de 66 años. La edad de jubilación seguirá subiendo hasta llegar al tope de los 67 años en el 2027. Sin embargo, existe otra fórmula para jubilarse sin haber cotizado el tiempo suficiente. Se trata de la pensión no contributiva de jubilación.

Las personas que obtienen el derecho a estas pensiones se convierten en pensionistas de la Seguridad Social con las mismas garantías y los mismos beneficios que el resto de pensionistas.

Si no se ha cotizado o si se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación. Este tipo de pensión permite que todos los ciudadanos en situación de jubilación puedan acceder a una prestación económica.

 

¿Cuáles son los requisitos imprescindibles para cobrar la pensión?

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Para acogerse a esta pensión se deben cumplir ciertos requisitos. El primero es tener 65 años o más, residir en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, ya sea en España o en otro país miembro de la Unión Europea, teniendo en cuenta que dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Otro de los requisitos es de carácter económico. Es necesario tener rentas o ingresos inferiores a 5.639,20 euros al año en el caso de que el solicitante viva solo. Aunque esta cuantía mínima de ingresos puede variar si el solicitante vive acompañado. 

Si el solicitante convive con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado como hermanos, nietos o abuelos se estipulan otras cuantías mínimas. 

Compatibilidad de la pensión no contributiva

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y son los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona. 

 

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