Muchas entidades han emitido este tipo de tarjetas con intereses abusivos

El Tribunal Supremo dictó una sentencia, con fecha de 25 de noviembre de 2015, amparándose en la Ley del 23 de julio de 1908 (Represión de Usura), en la cual anuló una tarjeta 'revolving' al considerar que el interés del 24,60% TAE era usura.
Pero la justicia fue más allá cuando el Tribunal Supremo sentó jurisprudencia en marzo del 2020 con la STS 600/2020 en la que declaraba nula una tarjeta de crédito 'revolving' por usuraria al considerar que el tipo de interés que incorporaba era abusivo.
A raíz de esta sentencia se sentó un precedente y muchos usuarios han iniciado reclamaciones por su tarjeta 'revolving' con un notable éxito.
Cómo iniciar una reclamación

Tras recibir la reclamación, la entidad de crédito cuenta con dos meses para emitir su respuesta.
Si da la razón al cliente o la propuesta de salida es razonable y el usuario la acepta, ahí habría finalizado el proceso de reclamación. Por el contrario, si no es así, hay una segunda salida: la reclamación por vía judicial. En el caso de que la entidad de crédito deseche la petición del usuario, este tiene la opción de interponer una demanda ante los Juzgados de Primera Instancia para resolver su caso.
Esta salida es mucho más lenta que la opción extrajudicial, por lo que el proceso para recuperar el dinero de la tarjeta 'revolving' se puede alargar. En algunos casos, más de un año.
Lo fundamental en cualquier caso es que la sentencia del Tribunal Supremo representa prácticamente una garantía relativa de éxito.


Sí. En cualquier momento puedes conocer si alguna empresa te ha incluido en el fichero de morosos ASNEF. En todo caso, la empresa que decida incluir nuestros datos en ASNEF debería comunicárnoslo con un plazo máximo de 30 días.
La mayor parte de las entidades darán una valoración negativa al conocer que has sido deudor, pero existen plataformas de crédito rápido, que te otorgarán el préstamo a pesar de que tengas deudas, normalmente a cambio de un interés superior.
