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Lo que no sabes sobre ASNEF

La recesión generada por el COVID ha disparado las tasas de morosidad de los bancos. En estas circunstancias, hacer frente a las cuotas de pago de hipotecas, préstamos, etc. se ha convertido en una tarea muy difícil para muchas familias españolas. Si te encuentras en una situación similar queremos ayudarte resolviendo algunas de las preguntas sobre la lista de morosos de ASNEF. 

Por ello, hemos decidido dar respuesta a las preguntas más básicas sobre el listado de morosos Asnef.

¿Como descubrir si te han incluido en ASNEF?

Sí. En cualquier momento puedes conocer si alguna empresa te ha incluido en el fichero de morosos ASNEF. En todo caso, la empresa que decida incluir nuestros datos en ASNEF debería comunicárnoslo con un plazo máximo de 30 días.

Si quieres conocer si está inscrito en el fichero de morosos “Asnef-Equifax”, pinche aquí.

¿Quién puede consultar mis historial en ASNEF?

Aquellas empresas que pagan una cuota mensual a la empresa Equifax, para conocer quién ha sido incluido en la lista y por qué motivo. Esta información está sujeta a las reglas de ASNEF y las empresas participantes no pueden hacer un malo uso de ella.

¿Cuál es la deuda mínima para que me incluyan en ASNEF?

La nueva LOPD establece que no se podrán incluir en los ficheros de morosidad deudas en que la cuantía del principal sea inferior a 50 euros en el caso de particulares e inferior a 300 euros en el caso de empresas.

¿Cuál es el problema de encontrarse en una lista de morosos como ASNEF?

El principal problema llega a la hora de solicitar financiación, tanto a la hora de solicitar un préstamo, una tarjeta de crédito o pago aplazado, financiar una compra a plazos mediante la propia financiera de la tienda.

¿A quién recurro si necesito financiación?

La mayor parte de las entidades darán una valoración negativa al conocer que has sido deudor, pero existen plataformas de crédito rápido, que te otorgarán el préstamo a pesar de que tengas deudas, normalmente a cambio de un interés superior.

¿Puedo eliminar mis datos del ASNEF?

Si, hay varias formas. La más fácil es la de pagar la deuda que nos reclaman, pero en caso de que no estemos de acuerdo con la deuda podemos exigir la eliminación de nuestros datos y, a la vez, que no quede ningún registro de nuestra estancia en ASNEF:

  • La deuda ya fue pagada y sigue apareciendo como deudor;
  • La deuda que se reclama es de hace más de 6 años;
  • No se ha comunicado por carta la inclusión en el ASNEF al deudor;
  • El importe de la deuda no es real o no estoy de acuerdo;
  • La deuda que se reclama no es demostrable;
  • La deuda no le pertenece o han suplantado su identidad;

También te puede interesar: Salir de una fichero de morosos, ¿es posible?


Cada cuánto vence una deuda

La nueva Ley de lucha contra el fraude fiscal redujo el límite de deuda para que Hacienda incluya a los autónomos en su lista de morosos e incluirá por primera vez los nombres de los administradores solidarios de las sociedades.
Las deudas prescriben entre los 3 y los 15 años, según su naturaleza, a contar desde la fecha en el que su pago debió efectuarse. Aparte de esto, debemos saber que cualquier acción encaminada al cobro interrumpe ese cómputo. 
 

Requisitos para el vencimiento de deudas

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Está regulada por los artículos 1961 a 1975 del Código Civil español.

Hay distintos tipos de vencimiento. Precisamente la prescripción de deudas pertenece al tipo de prescripción extintiva, puesto que pone fin a la obligación y extingue el derecho del acreedor a realizar acciones para recuperar su acreencia.

De esta forma, lo que se extingue es el derecho a la acción judicial, y no la deuda en sí misma.

Deben darse las siguientes condiciones:

  1. Que se trate de una acción prescriptible. La prescripción no se aplica sobre cualquier tipo de deuda. Según el artículo 1965 del Código Civil, no prescriben las siguientes acciones: división de la herencia entre coherederos, división de la cosa común entre comuneros, de deslinde entre propiedades contiguas, elevar a escritura pública un documento privado.
  2. Que haya transcurrido un lapso de tiempo durante el cual el acreedor no haya realizado ninguna acción tendiente al cobro de su acreencia.  Algunas acciones tienen plazos de prescripción especiales. Por regla general, y a partir de la reforma de legislación Civil por la Ley 42/2015, las que no tengan plazo especial prescriben a los 5 años. No obstante, y debido a la reforma y el estado de alarma causado por la pandemia de COVID-19, hay un calendario de prescripciones.
  3. Que se inicie el proceso de prescripción. No puede ser declarada de oficio sino a través de una alegación del deudor ante la justicia. Es una característica del derecho español, ya que la prescripción, transcurrido el plazo legal, debe ser activada mediante el mecanismo de reclamación judicial. Así se diferencia de la caducidad, que puede ser declarada de oficio.

Plazos de vencimiento de deudas

Los plazos de prescripción de las deudas varían según su origen. Además, se debe tener en cuenta que los plazos prescriptivos son improrrogables y tampoco pueden extenderse los supuestos de interrupción.

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La interrupción de la prescripción implica la constatación de una situación de hecho que es la falta de reclamación de la deuda la cual, si se continúa sin ejecutar, se convertirá en una situación de derecho: la prescripción de la deuda.

La prescripción opera plenamente cuando, durante el plazo legal establecido, no se ejercita el derecho ni se procura su conservación mediante la interrupción de la prescripción. 

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Los tribunales españoles están dictando sentencias que anulan préstamos por usura

Los tribunales españoles están dictando sentencias que anulan préstamos por usura. Afectan desde a tarjetas ‘revolving’ con intereses del 27,24% hasta a microcréditos con porcentajes que pueden alcanzar el 89.266%.
 

Los tribunales españoles están dictando sentencias que anulan préstamos por usura. Afectan desde a tarjetas ‘revolving’ con intereses del 27,24% hasta a microcréditos con porcentajes que pueden alcanzar el 89.266%.

Resolución contra las tarjetas revolving

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En marzo del 2020, el Tribunal Supremo consideró usurario un tipo de interés del 27,24% de una tarjeta de crédito ‘revolving’ de Wizink Bank [1], en base a la Ley de Represión de la Usura de 1908 [2]. En su artículo 1º, dicha Ley de Represión de la Usura dice lo siguiente:“Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”.

En su aplicación, el Supremo consideró que la referencia del “interés normal del dinero” que ha de utilizarse para determinar si el interés es usurario debe ser el interés medio aplicado a las operaciones mediante tarjetas de crédito y ‘revolving’ publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España.

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deuda

No es la primera sentencia del Tribunal Supremo en este sentido. El 25 de noviembre de 2015 ya anuló por usura otra ‘revolving’ con unos intereses del 24%. Esta jurisprudencia supone que las probabilidades de éxito en la reclamación de intereses de tarjetas ‘revolving’ sean muy altas, lo que implica poder “recuperar todos los intereses pagados desde la contratación, reduciendo la deuda o incluso recuperando dinero”, según abogados especializados.

Tras estas sentencias del Supremo, se han sucedido otras en la misma línea. El pasado mes de septiembre, el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de L’Hospitalet de Llobregat declaró la nulidad por usura de los intereses de ocho contratos de micropréstamos de P10 Finance (Préstamo10), contratados entre 2016 y 2018, cuyos intereses oscilaban entre el 2.830,78% TAE y el 24.867,95%.

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