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EL DIVORCIADO QUE SE QUEDA CON LA CASA COMÚN PAGARÁ LA MITAD DE LOS IMPUESTOS

El Tribunal Supremo ha determinado que cuándo un cónyuge en régimen de gananciales se quede con la mitad de la vivienda común que pertenece al otro cónyuge, al disolver la sociedad de gananciales, sólo deberá tributar por el 50% de la vivienda que se adjudica del otro cónyuge.

EL QUE SE ADJUDIQUE UNA CASA COMÚN SÓLO PAGARÁ LA MITAD DE LOS IMPUESTOS

divorciadosHasta ahora las Haciendas de cada comunidad autónoma estaban exigiendo el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados por el 100% del valor de la vivienda. 

Sin embargo, el pasado 9 de octubre el Tribunal Supremo determinaba que este tipo de operaciones en la cual un cónyuge adquiere su mitad indivisa e indivisible de un inmueble en el que ya poseía la otra mitad indivisa por razón de la comunidad que se extingue, sólo debe tributar por el 50%, es decir, únicamente por la parte que se adjudica, porque si no estarían tributando doblemente por la parte que ya le pertenecía.

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vivienda comúnPor ello, el Tribunal Supremo ha abierto la vía para que sólo se tribute por la parte del inmueble que el divorciado en régimen de gananciales se adjudica para disolver la comunidad de bienes, es decir, sólo deberá tributar por el 50% de la vivienda.

Se trata de una operación muy común en materia de divorcios y separaciones, o incluso en herencias. Como este tipo de bienes es indivisible, o se vende a un tercero o lo más común es que uno de los comuneros se queda con el bien a cambio de un precio. 

Es por ello, que no se puede tener en cuenta que el valor de lo que se documenta en una convención de esta clase no puede equivaler a la totalidad del bien, sino sólo a aquella parte que se documenta y sobre la que recae la nueva escritura pública.

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de la Redacción


¿AL FINAL EL IMPUESTO DE AJD LO PAGARÁ LA BANCA?

Hoy, el Consejo de Ministros aprobará un Real Decreto Ley para reformar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en modo tal que sean los bancos quienes finalmente paguen el impuesto de las hipotecas.

AL FINAL, PARECE QUE SERÁ LA BANCA LA OBLIGADA A PAGAR EL IMPUESTO DE AJD

Pedro SánchezAsí lo anunció ayer el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras asegurar que el Gobierno "respeta" la labor y la independencia del poder judicial. También comentó que “lamenta” la sentencia del Supremo, ya que "no es positiva ni para las entidades financieras, ni para los jueces ni para los ciudadanos", y que a través de la reforma de la ley buscan garantizar la "seguridad jurídica" y defender el interés general de todos.

Con esta modificación, busca dejar claro, que a partir de ahora el pago del impuesto de AJD en las hipotecas corresponderá "siempre" a los bancos y "nunca más" a los ciudadanos.

Además, con el fin de aumentar la protección y derechos de los consumidores, se creará una autoridad independiente para garantizar la seguridad jurídica de los mismos. Su fin, será tratar de evitar potenciales abusos y mejorar la capacidad de resolver los conflictos financieros entre los consumidores y las entidades.

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impuestoPor otro lado, el presidente manifestó su confianza en que los bancos no repercutan el pago del impuesto al cliente, a través de comisiones camufladas y el aumento de los tipos de interés, si bien, es evidente que será difícil evitarlo. 

La realidad es que dicha norma aún debe ser convalidada por el Congreso, pero espera que tenga un elevado apoyo, dado su fin de intentar finalizar con la desigualdad entre las entidades financieras y los clientes y, crear una seguridad jurídica para todos, ayudará a tener un gran apoyo, que la ayude a ir hacia delante.

Por último, recuerda que las reglas fiscales no están sujetas a retroactividad. Si bien, los ciudadanos que han pagado el impuesto hipotecario hasta ahora, son libres de poder reclamar en los tribunales su devolución por responsabilidad patrimonial del Estado o de acudir al Tribunal de la UE, si se sienten perjudicados.

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de la Redacción


¿LIBRARÁN LA BATALLA JUDICIAL POR LO CIVIL Y DISCUTIRÁN DE NUEVO EL IMPUESTO DE LAS HIPOTECAS?

La falta de unanimidad por parte del Pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del órgano judicial podría ser la vía adecuada para motivar las demandas reclamando el impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las Hipotecas.

LOS CLIENTES PODRÁN DISCUTIR JUDICIALMENTE EL IMPUESTO DE LAS HIPOTECAS A PESAR DE LA DECISIÓN DEL JUZGADO

afectadasLos despachos de abogados no cierran la puerta a que los consumidores de las hipotecas puedan reclamar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) a pesar del cambio acordado el Tribunal Supremo el pasado martes.

Es justo, la falta de unanimidad del Pleno del Tribunal Supremo, el agujero dónde se pueden encajar las demandas. Tras el nuevo giro del Tribunal Supremo, quedan abiertas dos vías, la civil y la de Europa.

Los clientes podrán acudir a los juzgados de primera instancia bajo la premisa de que el banco les impuso el pago del impuesto al interno de una cláusula abusiva en la que se obligaba al prestatario a hacerse cargo de todos los gastos de la hipoteca.

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¿equilibrio?Además, la sentencia del Supremo del 16 de octubre sigue siendo firme, lo que significa que el artículo 68.2 de la normativa del impuesto AJD que decía que debía afrontarlo el cliente continúa siendo nulo por ilegal.

Por ello, los magistrados de lo civil también pueden ampararse en la nulidad de este artículo para dar la razón a los usuarios.

Por otro lado, la propia controversia que ha levantado la actuación del Supremo respecto al impuesto hipotecario, puede ser objeto de una cuestión prejudicial a Europa.

La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros de España (Adicae) ya ha anunciado que elevará el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

A día de hoy, toca esperar, ni siquiera conocemos el contenido de la sentencia del Pleno. Pero si llegamos a Europa, podría llegar a suceder lo mismo que con el tema de las cláusulas suelo, visto que el Tribunal Europeo tiende a estar del lado de los consumidores.

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de la Redacción


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