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LAS DEUDAS ETERNAS DE LAS TARJETAS REVOLVING

El Banco de España alerta sobre las tarjetas revolving y las asociaciones de consumidores, recuerdan que usar el crédito de la tarjeta no es en absoluto gratis, ya que siempre se deben pagar intereses, en algunos casos desorbitados, que pueden llevar al usuario a una situación complicada.
 

EL BANCO DE ESPAÑA ALERTA SOBRE LAS TARJETAS REVOLVING

Parece que tras varias sentencias de nuestro Alto Tribunal, el Banco de España ha tenido que poner en alerta a los consumidores sobre las condiciones de este tipo de tarjetas, ya que pueden convertirse en una espiral de deudas.

Han aconsejado que los clientes revisen si en sus tarjetas tienen activado por defecto el pago aplazado y, que de ser así lo desactiven. En concreto, han advertido acerca de las tarjetas revolving, a las que definen como las peores sin duda.

De hecho, fue la organización de consumidores, OCU, la que puso en marcha la primera campaña de advertencia sobre sus intereses de usura (por encima del 20 %), que acabaron llevando los casos a los tribunales.

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stop usuraNo sólo las organizaciones de consumidores alertan de estos problemas, sino el propio Banco de España ya en su última Memoria de Reclamaciones, correspondiente al 2018, pedía a las entidades que informasen mejor a sus clientes sobre este producto y sus condiciones, ya que pueden convertir en infinita e impagable la financiación de pequeñas cantidades.

El dinero fácil casi imposible de devolver es lo que ofrecen estas tarjetas. Captan a los clientes con el pago aplazado, les que permite financiar importes que luego se devuelven, en lugar de en su totalidad al vencer el mes, a través de un porcentaje o de una cuota fija mensual. El gancho es la pequeña cuota que deben devolver. El problema es que, al aplazar la devolución, los intereses crecen, llegando, con el tiempo, a doblar o incluso triplicar el principal.

Por ello, recomiendan no utilizarlas y, si ya lo hemos hecho, amortizar anticipadamente la deuda restante o subir la cuota al máximo asumible.

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de la Redacción

 

EL TS RECUERDA QUE EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS ES VINCULANTE

El Tribunal Supremo ha recordado a las entidades que firmaron el código de buenas prácticas que es vinculante y lo deben cumplir.

EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS ES VINCULANTE

afectadoParece que varias entidades financieras firmaron el código de buenas prácticas pensando en una limpieza de imagen, es decir, que era una buena estrategia de marketing para su reputación, pero sin ser conscientes de las implicaciones que conllevaba su adhesión.

Si bien, el Tribunal Supremo ha sido claro, la firma de dicho código es vinculante.

Y señala que en su sentencia el banco, en este caso, Caixa Galicia (hoy Abanca) incumplió su deber legal de atender la solicitud y la rechazó por motivos que no justifican en sí mismos tal rechazo.

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Efectivamente, el afectado comenzó a impagar su préstamo hipotecario a finales de 2013, momento en el que se quedó sin empleo.  Antes de subastarse su vivienda, remitió un escrito al banco ofreciendo un plan de reestructuración de su hipoteca. Ante la falta de respuesta del banco, en el plazo de un mes, el cliente volvió a ofreció a ofrecer una reestructuración hipotecaria para poder afrontar el pago. Esta vez el banco le respondió rechazando su propuesta sin ni siquiera advertirle de la posible inviabilidad de la propuesta, como señala el RDL 6/2012 que regula el Código de Buenas Practicas.

revisiónEl banco explica que la rechazó porque el inmueble ya estaba embargado, pero el Supremo recuerda que el embargo no altera el rango registral.

Esta sentencia tiene una enorme trascendencia porque son 86 las entidades que se han adherido a dicho Código. Han sido ellas mismas las que voluntariamente se han sometido a este código, pensando que fuese una legislación soft.

Por su parte el Banco de España advirtió recientemente que gran parte de su actividad sancionadora obedece al incumplimiento del Código de Buenas Practicas.

Si bien el Supremo, ha sido tajante y claro y, ha advertido que tal adhesión no es una mera campaña de marketing sino que es vinculante y, no sólo habrá amonestación del Banco de España sino reproche judicial, a fin de convertirlo en efectivo y, útil.

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de la Redacción

 

LAS HISTORIAS DE LOS SOBRECOSTES DE LAS HIPOTECAS

Más de un millón de españoles tienen hipotecas vinculadas al IRPH, lo que ha provocado que paguen unos sobrecostes desproporcionados, una media aproximada de 20.000 euros.

LAS HISTORIA DE LOS SOBRECOSTES DE LAS HIPOTECAS

familia afectadaEsta es la historia de María, quién un día hablando con su hermano sobre sus hipotecas se dio cuenta de que algo no funcionaba, ya que ambos habían pedido el mismo préstamo, pero cada uno pagaba una cosa, su hermano pagaba 400 y ella pagaba 1000. La diferencia estaba en que su hermano tenía una hipoteca referenciada al Euríbor y ella lo tenía con otro índice, el IRPH.

Se dio cuenta que había perdido más de 30.000 euros.

Decidió llevar su caso ante un abogado que consiguió que un juez por primera vez declarase nulo el interés del IRPH.

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Este índice, el IRPH, es fácilmente manipulable y poco trasparente.

intereses hipotecaEste índice afecta a más de un millón de hipotecas en España con un tipo de interés en junio del 2,04% frente a un Euríbor que está en negativo.

La esperanza está depositada en el abogado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, organismo que decidirá si el IRPH es abusivo o no, como resolvió el Supremo en 2017, el próximo 10 de septiembre.

Si se anula ese IRPH automáticamente hay que recalcular la hipoteca con el índice del Euríbor desde el principio de la hipoteca.

De media, el sobrecoste es de 20.000 euros para una hipoteca de 120.000 euros a 30 años cerrada en 2006, etapa en la que se firmaron estas hipotecas.

Los bancos españoles tienen una alta exposición al IRPH, por lo que su futuro esta en manos de la decisión que tome el Tribunal de la Unión Europea el próximo 10 de septiembre.

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de la Redacción