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SALIR DE UN FICHERO DE MOROSOS CON LA NUEVA LOPD

Cualquier persona física tiene derecho a conocer en cualquier momento si ha sido inscrita en un fichero de morosos, a conocer los datos que han sido incluidos y, a solicitar la eliminación si son incorrectos o su tratamiento no se ajusta a la normativa.

LA LOPD COMO INFLUYE EN LOS FICHEROS DE MOROSOS

morosoCon el fin de garantizar que cualquier persona pueda controlar sus datos personales, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) reconoce los denominados derechos ARCO, acrónimo que responde a la unión de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.

Estos derechos permiten que si tus datos personales están contenidos en algún fichero de morosos tengas la posibilidad de consultarlos y realizar cualquier reclamación relacionada con ellos.

Figurar en alguno de estos ficheros tiene consecuencias, tanto para la reputación de las personas, como a la hora de acceder a un servicio bancario o, simplemente, dar de alta un servicio telefónico.

Por ello conviene desaparecer de estas listas desde el momento en el que saldas la deuda. La realidad es que entrar es fácil, pero salir no tanto.

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justiciaPara que sea legal la inclusión, se deben cumplir una serie de requisitos: la deuda debe ser cierta, vencible, exigible y que haya resultado impagada; la existencia o cuantía de la deuda no puede haber sido objeto de reclamación por el deudor; los datos deben ser facilitados por el acreedor y, el acreedor debe haber informado al deudor de la posibilidad de la inclusión de sus datos en este tipo de ficheros en el requerimiento previo de pago.

Además, sólo podrán incluirse los datos personales del deudor que sean estrictamente necesarios para valorar su solvencia económica.

Pero en muchas ocasiones este tipo de requisitos no se cumple. En muchas ocasiones se dan inclusiones sin una deuda real de por medio o casos de usurpación de la personalidad. En caso de encontrarte en estos supuestos, debes denunciarlo ante la policía antes de reclamar la anulación de los datos. Posteriormente, puedes solicitar la baja en el fichero, disponiendo el titular de 30 días para dar una respuesta y hasta dos meses en determinados casos.

Aún en este segundo supuesto, deberá haberte informado en esos primeros 30 días, si no lo hace, puedes denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos. Asimismo, si la inclusión es incorrecta, puedes reclamar por la vía judicial una indemnización por los daños ocasionados.

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de la Redacción


PENSIONES QUE SUPERAN YA EL 270% DEL PIB

Si a día de hoy, España tuviese que pagar todos los derechos adquiridos de pensiones necesitaría casi tres años completos de producción para hacerlo, o lo que es lo mismo, casi cuatro billones de euros.

EL GASTO SOCIAL SUPERA EL 270% DEL PIB

pensionistasEstas cifras son la estimación del Banco Central Europeo (BCE) en su último boletín.

Estos derechos adquiridos resultan de la suma de los flujos que percibirán los actuales pensionistas, así como los derechos derivados de las cotizaciones que ya han realizado los trabajadores y qué empezarán a percibir cuando se retiren.

Esta estimación sirve para calibrar la magnitud del gasto en pensiones, que se encuentra ya comprometido y por tanto definir también la necesidad de generar crecientes ingresos por cotizaciones para poder cubrirlo.

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La actual situación de España todavía no es tan complicada como la del resto de Europa. El principal motivo es que la transición demográfica desde el 'baby boom' hasta el envejecimiento se produjo más tarde, de modo que las generaciones más abundantes todavía están trabajando.

pensionesLa situación de nuestro país, se complicará considerablemente a partir de la década de los treinta, cuando la generación del 'baby boom' ya tenga casi todos sus derechos de pensión adquiridos.

En la eurozona en general, los derechos de pensión se sitúan aproximadamente en el 310% del PIB.

En el conjunto de la eurozona, los derechos de pensión se sitúan en el entorno del 310% del PIB. Esto es, serían necesarios más de tres años completos de producción para liquidarlos.

El Banco Central Europeo ya ha realizado varias advertencias acerca del riesgo que se está asumiendo con el crecimiento del gasto social.

El gasto en pensiones ya se ha convertido en el más preocupante y, una de las claves del futuro será como equilibrar la carga entre cotizantes y pensionistas.

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de la Redacción

 


LOS BANCOS Y EL IRPH: QUÉ ESPERAR DE LA SENTENCIA EUROPEA

En unos meses se conocerá la decisión definitiva de la justicia europea sobre el IRPH. Aunque se cumpla el axioma de que suele respetarse la opinión no vinculante, puede haber sorpresas.

QUÉ ESPERAR DE LA SENTENCIA EUROPEA SOBRE EL IRPH

afectados IRPHAproximadamente, más de un millón de clientes bancarios contrataron hipotecas entre finales de los 90 y principios del 2000 vinculadas al índice IRPH, una media del interés de los préstamos hipotecarios concedidos en los tres años anteriores.

A ese tipo de interés, que era el de la hipoteca media incluidas las comisiones, se le aplicaba un diferencial extra. Se vendía como más estable para el cliente, pero en realidad era una fórmula que permitía a las entidades cobrar más a los clientes con un mayor perfil de riesgo.

No es común que un texto legal al que se le presupone univocidad y poca ambigüedad, de pie a tal diversidad de interpretaciones.

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justicia europeaTodos se preguntan si el TJUE respetará la conclusión no vinculante del abogado del Estado. Las estadísticas son positivas. Si bien nunca se sabe, cuando hablamos de la ley hipotecaria española, la cual ha recibido continuos rapapolvos de la justicia europea.

En este caso, fue el juzgado número 38 de Barcelona el que preguntó dos cuestiones al TJUE: si una cláusula hipotecaria que incluye el índice IRPH puede ser abusiva y, si la respuesta es afirmativa, cómo puede definirse esa "abusividad'.

La respuesta del Abogado General a la primera pregunta fue que sí, el índice IRPH puede ser abusivo si se comercializa de forma no transparente. 

A la segunda cuestión, contestó que para que la comercialización de una hipoteca con el IRPH sea legal, el banco debe explicar al cliente de dónde sale el tipo de interés que se le va a aplicar y cómo ha sido la evolución de dicho indicador.

Lo primero fue recibido con euforia por los clientes. Lo segundo es a lo que se agarra la banca para cantar victoria: el requisito de transparencia es mucho más bajo que el que el propio Tribunal Supremo exigió en el caso de las cláusulas suelo.

La clave está en cómo definirán la transparencia y en cómo se debería haber explicado.

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de la Redacción