La Audiencia Provincial de Gijón ha confirmado la condena a una entidad bancaria por incluir de forma improcedente a un cliente en una lista de deudores morosos, vulnerando su derecho al honor.
SI SE DISCUTE LA DEUDA NO TE PUEDEN INSCRIBIR EN UN REGISTRO DE MOROSOS
La sentencia, emitida el 6 de junio de 2019, condena al banco a pagar 3.000 euros al cliente afectado en concepto de daños morales, al considerar la inscripción innecesaria e ilegítima, pues la deuda había sido impugnada por el cliente incluso ante los tribunales. De hecho, el juzgado de instancia le dio la razón y declaró la deuda nula.
No puede incluirse a un deudor en una lista de morosos si la deuda es objeto de controversia. Para que la inscripción de un deudor en una lista de morosos sea lícita, la deuda debe ser inequívoca, indudable, siendo necesario además el previo requerimiento de pago.
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En el presente caso, el cliente de la entidad bancaria había “contraído” una deuda de 342 euros por un contrato de tarjeta de crédito. Antes de ser incluido en el registro, el cliente mandó una carta al banco requiriéndole a declarar la deuda como usuraria e ilícita, a lo que la entidad se negó y, además incluyó su nombre en dos ficheros de deudores, completamente abiertos al público.
Este tipo de registros no se pueden utilizar como medio de presión contra un cliente que duda sobre la licitud de su deuda, explica la sentencia.
En este caso, el daño moral es evidente, pues ha creado una imagen de falta de solvencia, lo que supone la pérdida de oportunidad para multitud de operaciones y una evidente desconfianza para iniciar nuevos negocios.
Por ello, el tribunal considera que la vía que tenía que haber ejercitado el banco para cobrar la deuda era la judicial, pero nunca la publicación en una lista de morosos, ya que al banco le constaba la oposición del cliente a la deuda, es decir, no era un caso de insolvencia o de mera voluntad de no pagar.
Por ello, dicha inscripción en el registro de morosos supone una vulneración ilegítima de su honor y, merece ser indemnizado por daños morales.
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de la Redacción

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Por ello, en el mejor de los casos, recuperaremos nuestra casa aproximadamente en dos meses.
El indicador de gran parte de las hipotecas constituidas en nuestro país ha caído en picado en los últimos meses y se sitúa aproximadamente en el -0,379%. Este indicador, si se cumplen las expectativas, continuará a la baja, debido a las próximas bajadas del precio oficial del dinero por parte del BCE, además del aumento de la tasa que esta institución cobra a las entidades por depositar el sobrante de liquidez, del 0,4% actual a un mínimo el 0,6%, con el objetivo de reactivar la economía.
Ahora, un decenio después, estos diferenciales están debajo de la cotización, lo que en teoría obliga a las entidades a abonar intereses por la financiación.