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¿ES USTED UN “MOROSO” Y NO LO SABÍA?

Son muchas las personas que van a pedir un préstamo y su banco se lo deniegan, por aparecer inscritos en un registro de morosos. Estos registros, sirven tanto de elemento de presión para el deudor como de herramienta para que las empresas conozcan el perfil del riesgo de sus clientes.

¿TE HAN INSCRITO COMO MOROSO Y NO LO SABÍAS?

inscrito registro de morososLas empresas “acreedoras” en muchas ocasiones no cumplen con la normativa de la protección de datos, ya que utilizan estos ficheros como método de presión, a fin de que el cliente pague antes. Si bien, han aumentado las multas a las mismas, oscilando entre 50.000 y 80.000 euros, lo que ha provocado que comiencen a ser más cautas.

Las personas interesadas deben saber que la ley obliga a las empresas o entidades que inscriben a notificarlo, requisito que, hasta el momento, pocas veces se cumplía.

En concreto, la ley prevé que la empresa acreedora requiera previamente el cobro de la deuda al cliente y notifique al cliente su inclusión en el fichero en el plazo de 30 días, a fin de que éste pueda ejercer su derecho de rectificación si algún dato es incorrecto.

Además, la ley prevé que sólo podrán figurar aquellas deudas “ciertas, vencidas y exigibles” y, de una cantidad de al menos 50 euros.

Por otro lado, solo podrán acceder a estos datos aquellas empresas que acrediten una relación contractual con el interesado o que estén negociando dicho contrato, como por ejemplo cuando las entidades financieras están negociando una hipoteca.

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deuda

La inclusión indebida en un registro del tipo, puede devenir por varios motivos distintos. La primera, por suplantación de identidad: un tercero contrata un servicio en nuestro nombre, motivo por el que es muy importante denunciar el extravío de la documentación.  

Otro motivo puede ser porque la deuda no corresponda, o bien porque la compañía ha cargado recibos indebidos o bien porque nos ha cargado una penalización que no aparecía en el contrato y es contraria a Derecho, algo muy común de las empresas de telecomunicaciones.

Si la deuda está en discusión, no es “cierta”, requisito para la inclusión en el fichero, no se estarían cumpliendo los requisitos necesarios.

Si te han inscrito indebidamente podrás denunciarlo ante la Agencia de Protección de Datos, o bien, discutir que no se cumplen los requisitos en los Juzgados civiles correspondientes.

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de la Redacción
 

LAS NUEVAS REGLAS DE LAS HIPOTECAS

Los contratos hipotecarios que se firmen a partir de hoy, se regirán por la nueva ley de contratos de crédito inmobiliario, que reconfigura numerosos elementos esenciales de las hipotecas, así como todas las novaciones o subrogaciones de hipotecas que se realicen con posterioridad a la entrada en vigor de esta normativa.

CONOCE COMO FUNCIONAN AHORA LAS HIPOTECAS

pareja que va contratar una hipotecasEsta nueva ley, que entró en vigor ayer, 16 de junio, no se aplicará con efectos retroactivos, con excepción de las novaciones o subrogaciones hipotecarias que se acuerden a partir de ahora o para las hipotecas que contengan cláusulas de vencimiento anticipado se aplicará de forma retroactiva esta nueva ley.

Con la nueva ley que ha entrado en vigor, las entidades financieras tendrán que valorar la solvencia del potencial usuario de la hipoteca “en profundidad” antes de conceder el préstamo. Esto se traduce en analizar su empleo, sus ingresos presentes y los que presumiblemente tendrán durante la vida de la hipoteca, incluso los de la pensión, los activos que eventualmente detenga, sus ahorros, los gastos fijos y los compromisos ya asumidos.  Con esta reforma, la evaluación de solvencia no puede basarse en la aportación inicial a la compra por parte del deudor.

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hipotecas transparentesPor otro lado, el Banco a partir de ahora será el obligado a sufragar todos los gastos, salvo aquellos de la tasación que tendrá que abonar el titular del préstamo.

La comisión de apertura por su parte sigue existiendo, siempre y cuando sea por servicios efectivamente prestados o gastos que se puedan acreditar y, que además deberán ser solicitados o aceptados por el cliente.

Importante destacar que esta nueva ley prohíbe las cláusulas suelo, es decir, en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja del tipo, si bien, también estipula que el interés remuneratorio no puede ser negativo, a fin de para evitar que una entidad llegue a pagar por prestar dinero. Asimismo, el índice que se utiliza para componer el tipo de interés variable tiene que ser “claro, accesible, objetivo y verificable por las partes”, y no puede ser susceptible de influencia por parte de las entidades financieras.

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de la Redacción


¿NO PUEDES PAGAR TUS DEUDAS? OPCIONES PARA EVITAR CAER EN UN FICHERO DE MOROSOS

Pese a representar todavía el 60% del PIB, la deuda de los hogares españoles ha disminuido un 28% en nueve años y, el endeudamiento de las familias en créditos hipotecarios para adquirir una vivienda se redujo el año pasado en unos 15.700 millones, las letras de los hogares se incrementaron en otro tipo de  préstamos.

COMO EVITAR ENTRAR EN UN FICHERO DE MOROSOS SI NO PUEDES PAGAR TUS DEUDAS

deudorAsí te puedes encontrar historias como la de Manuel, que en un momento dado de su vida tuvo que hacer frente a varias cuotas de préstamos (dos personales, otro para el coche, más el crédito de su tarjeta) que, juntas, sumaban más de 600 euros al mes. El problema fue cuando la empresa en la que trabajaba le redujo las horas laborales y, por ende, su salario.

Fue en ese momento cuando Manuel se vio constreñido a negociar sus deudas que ascendían a unos 25.000 euros y, una cuota mensual de 350 euros. Realizó una reunificación de deudas, que a pesar de ser una solución muy cara, si se utiliza de una forma adecuada, puede ser una vía de financiación muy recomendable.

Si se tiene un préstamo hipotecario, otra opción puede ser alargar el plazo, a pesar de que se paguen más intereses. Tener más tiempo para devolver el capital prestado implica una disminución de las cuotas mensuales, lo que facilita enfrentarse a ellas.

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Otra alternativa, y siempre para créditos hipotecarios, es ampliar el capital. Con la nueva parte de capital obtenido se podrán cancelar los préstamos personales pendientes, mientras se consigue más tiempo para saldar la deuda y con un tipo de interés mucho más bajo.

deudasOtra opción puede ser pedir una carencia de capital, es decir, o bien durante un determinado período, solo amortizará con sus pagos los intereses del préstamo, o una carencia total, que supone dejar de pagar toda la cuota, es decir, intereses y capital.

O incluso una dación de pago, entrega de un bien hipotecado como garantía, para extinguir la deuda.

Sino como última opción, existe la refinanciación, algo parecido a una reunificación de varios préstamos, con la peculiaridad de que por lo menos uno, sin embargo, tiene que ser hipotecario.

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de la Redacción

 

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