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NO ACEPTES EL BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA SIN REVISARLO

Queda una semana para que acabe el plazo de presentación de la declaración de la renta y, hay mucha gente agobiada porque se presenta directamente el borrador de la declaración de la renta.

NO PRESENTES LA DECLARACIÓN DE LA RENTA SIN REVISAR

agobiado con la declaración de la rentaOjo, hay que revisar el borrador de la declaración de la renta, aunque pensemos que no tenemos nada, ya que de lo contrario podemos sufrir grandes pérdidas.

Los contribuyentes deben ser conscientes de los riesgos que supone aceptar el borrador de la Agencia Tributaria sin revisarlo. Según las estimaciones de los expertos, los ciudadanos pueden perder una media de 300 euros al dar cómo válido el borrador, ya que normalmente contiene información desactualizada, insuficiente o incluso errónea.

La Agencia Tributaria elabora el borrador web con los datos que aportan terceros actores sobre el contribuyente, por lo que suelen crear desajustes, ya que la información no suele estar completa. Por este motivo, los expertos recomiendan no dejarse llevar por la aparente facilidad de aceptar el borrador en un solo clic y estudiar la declaración para sacar el máximo rendimiento posible a la misma.

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declaracion de la rentaLa mayoría de los errores se concentra en los siguientes apartados: falta de documentación, en los ascendientes o descendientes, discapacidad, donativos, inmuebles, imputación de rentas inmobiliarias, locomoción, alquiler o vivienda, indemnizaciones y reducción, e integración y compensación.

Por otro lado, también recomiendan comprobar toda la información antes de presentar la declaración, ya que una vez realizado el trámite, es el contribuyente el que asume su responsabilidad, no los terceros que aportan la información de base.

Si con la declaración se cometen errores que acarrean la pérdida de desgravaciones o se incluyen ingresos de forma errónea, el contribuyente podrá pagar más de lo debido, pero si se dejan de declarar ingresos puede acarrear sanciones con pagos de intereses de demora.

Otra recomendación importante, es planificar la gestión del IRPF a lo largo del año, con el objetivo de conseguir la mayor eficacia en el pago de impuestos. Planificar aportaciones a pagos de pensiones en función de los ingresos previstos o realizar inversiones deducibles, aportaciones a empresas, preparar bien las circunstancias personales y familiares, etc. permitirá que el contribuyente realice una tributación más ajustada según las normas vigentes en cada momento.

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de la Redacción


LA BANCA IMPONE SUS ABUSOS Y LOS TRIBUNALES SE COLAPSAN

Los consumidores no quieren quedarse sin crédito, pero no quieren que se abuse de su confianza, defiende Carlos Ballugera, un registrador de la propiedad que venía recopilando un listado de cláusulas hipotecarias abusivas que ascienden ya a 90.

TRIBUNALES COLAPSADOS POR LOS ABUSOS DE LA BANCA

desesperaciónUno de los grandes problemas actuales, es el calvario que viven los consumidores para ejecutar el cumplimiento de las sentencias favorables. Existen las normas, pero no siempre se aplican, como por ejemplo la defensa de los consumidores por parte del ministerio fiscal. Por otro lado, está previsto un fiscal de consumo por cada CCAA, pero sólo hay 4 o 5. Faltan medios para que se cumplan las normativas vigentes.

El consumidor se puede ver incomodado por una actividad lesiva de una empresa, la denuncia, pero si quiere obtener una reparación, que le den su dinero, tiene que ir a pleito.

¿Por qué se ha disparado tanto la litigiosidad?

El connubio creado entre la crisis económica y la sentencia de mayo de 2013 del Tribunal Supremo por la que se declaró nula la cláusula suelo por falta de transparencia, ha generado sensibilidad en los consumidores, que además han conseguido que los abogados les hagan caso.

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El problema es que voluntariamente no cumplen, por lo que hay que acudir a los tribunales a exigir el cumplimiento de las leyes.

Se deberían crear elementos de disuasión de tal modo que se potencie el cumplimiento.

También es necesario perfeccionar el sistema, de tal manera que si se gana la acción colectiva, el aparato judicial lo replique automáticamente al consumidor individual.

Pero nuestro sistema está pensado en el contrato por negociación y, por tanto una sentencia para cada persona, no en el consumo masivo, por adhesión. No podemos esperar que si a un banco le anulan una cláusula en un contrato qué esta presente en 150.000 contratos, se tengan que poner 150.000 demandas, sino que se quite en los 150.000 contratos con tan sólo una resolución.

La intervención de Europa ha sido decisiva, pero es necesario crear conciencia de que las leyes se deben cumplir y, que hay que ser transparentes.

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de la Redacción

 

TODO LO QUE NECESITAS SABER SOBRE COMO ACABAR CON TUS DEUDAS

Con la reforma de la Ley Concursal a finales del año 2015, entró también en vigor la Ley de la Segunda Oportunidad, que permite que aquellas personas que no pueden pagar sus deudas puedan quedar libres de ellas, o verlas reducidas muy notablemente.

ACABA CON TUS DEUDAS A COSTE CERO

Con esta nueva ley se busca que aquellas personas que no pueden pagar sus deudas puedan liberarse a través de la eliminación de la propia deuda o de un calendario de pago con una quita de la deuda que le permita hacer frente a los pagos con comodidad.

Tanto una opción como otra, mejoran la situación económica en la que desgraciadamente se encuentran muchas personas en nuestro país.

¿Pero de este nuevo mecanismo se puede beneficiar cualquier persona?

Para poderse beneficiar de este mecanismo, es necesario cumplir una serie de requisitos.

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eliminar deudaNo podrán beneficiarse de este sistema todas aquellas personas que no sean deudores de buena fe, entendiendo como deudores de mala fe, todas aquellas personas que han sido declaradas en concurso de acreedores en los últimos cinco años, ni haber sido condenado por sentencia firme por determinados delitos contra el patrimonio, los derechos de los trabajadores o el orden socioeconómico, es decir, debe tratarse de deudores de buena fe.

Ese es el único límite, ya que de dicho mecanismo puede beneficiarse cualquier persona, sea o no empresario individual, o lo haya sido.

Por otro lado, cabe también señalar que la participación del deudor en el procedimiento es escasa, no debiendo enfrentarse a ninguna exposición pública, por lo que queda a salvo su anonimato.

A pesar de que los requisitos no son muy estrictos, analiza pormenorizadamente quién realmente puede pagar y quién no, por lo que aquellos que tengan la posibilidad de pagarlas, no se librarán de las deudas, pero tendrán la posibilidad de obtener un calendario de pagos adecuado a sus circunstancias e incluso algún tipo de quita en el pago de sus deudas.

Pese a que este revolucionario sistema lleva más de tres años en vigor y, que podría aliviar la situación económica en la que se encuentran miles de personas, continúa siendo un gran desconocido para la mayoría.

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de la Redacción


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