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El alquiler en España: cae la rentabilidad y aumenta la morosidad

Los problemas del mercado de la vivienda derivadas del COVID han provocado a la baja la rentabilidad del alquiler y han disparado la morosidad de los inquilinos, lo que unido al ruido de la futura ley de vivienda dibuja un panorama incierto para el aumento de la oferta.

La pandemia dispara un 66% los impagos en el alquiler 

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Esta situación ha empujado al 20% de los pequeños propietarios a los que vencía este año el contrato de arrendamiento a poner a la venta sus casas, cuando antes de la pandemia ese porcentaje no superaba el 2%, según datos de la Agencia Negociadora del Alquiler.

Aunque algunos operadores hablan de fase de estabilización, la rentabilidad del alquiler ha caído un 30% desde 2018 para quedar en el 4,5% en la vivienda nueva y el 6% en la de segunda mano (la que concentra la gran mayoría de la oferta). 

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Caída de la rentabilidad y tendencia a la baja

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El informe Rentabilidad del Alquiler 2021, elaborado por Euroval y su Instituto de Análisis Inmobiliario (Instai), explica que el hecho de que los precios del arrendamiento no hayan subido a la par que los de compra está produciendo una contracción de la rentabilidad generalizada, aunque más acusada en la vivienda nueva (hasta cinco años de antigüedad).
 
Entretanto la COVID provocó que los impagos en los alquileres creciesen un 66,2% en 2020 y alcanzasen cotas de morosidad mayores que en los años más duros de la crisis financiera (2009-2012), cuando los casos se incrementaron un 55,5%.
 
Así, las comunidades autónomas donde más han crecido los casos de impago en arrendamientos urbanos son, por este orden, Murcia (con un alza del 93,7%), Madrid (80,7%), Cataluña (80%), Andalucía (77%) y Canarias (71,5%). Inmediatamente por debajo de la media nacional se encuentran Castilla-La Mancha (58,6%), Comunidad Valenciana (56,8%) y Aragón (51,4%). Los avances más moderados se dan en Asturias (21,7%), Navarra (24,6%) y Extremadura (28,4%).
 
Sin embaego, las previsiones indican que 2021 cerrará con unas "variaciones mucho menos acusadas".
 
Según este informe, los dos mayores mercados residenciales, Madrid y Barcelona, presentan una evolución dispar: desde 2018 en la capital española se ha reducido la rentabilidad del alquiler de vivienda nueva un 33% y en la catalana el 14%.
 
La desincronización del alza de los precios de la vivienda y de su alquiler es la razón de esa disparidad, ya que la rentabilidad se calcula dividiendo el importe bruto del alquiler (la renta mensual multiplicada por doce meses) entre el precio de la vivienda.
 
Esto es lo que explica que en muchas ocasiones alquileres altos se correspondan con una baja rentabilidad y viceversa.

 

 

 

 

 

 

 

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Pensión de jubilación... ¿Y si no he cotizado el mínimo?

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La pensión no contributiva de jubilación permite a las personas mayores de 65 años recibir una pensión a pesar de no haber cotizado los años suficientes. Si no se ha cotizado o si se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación. 
 

¿Cómo funciona la pensión de jubilación?

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En España la edad para jubilarse varía conforme pasan los años. Actualmente, la edad se sitúa en los 65 años, habiendo cotizado como mínimo 37 años y tres meses. Si no es el caso, la edad de la jubilación ordinaria es de 66 años. La edad de jubilación seguirá subiendo hasta llegar al tope de los 67 años en el 2027. Sin embargo, existe otra fórmula para jubilarse sin haber cotizado el tiempo suficiente. Se trata de la pensión no contributiva de jubilación.

Las personas que obtienen el derecho a estas pensiones se convierten en pensionistas de la Seguridad Social con las mismas garantías y los mismos beneficios que el resto de pensionistas.

Si no se ha cotizado o si se ha hecho de manera insuficiente, cabe la posibilidad de acceder a una pensión no contributiva de jubilación. Este tipo de pensión permite que todos los ciudadanos en situación de jubilación puedan acceder a una prestación económica.

 

¿Cuáles son los requisitos imprescindibles para cobrar la pensión?

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Para acogerse a esta pensión se deben cumplir ciertos requisitos. El primero es tener 65 años o más, residir en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, ya sea en España o en otro país miembro de la Unión Europea, teniendo en cuenta que dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

Otro de los requisitos es de carácter económico. Es necesario tener rentas o ingresos inferiores a 5.639,20 euros al año en el caso de que el solicitante viva solo. Aunque esta cuantía mínima de ingresos puede variar si el solicitante vive acompañado. 

Si el solicitante convive con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado como hermanos, nietos o abuelos se estipulan otras cuantías mínimas. 

Compatibilidad de la pensión no contributiva

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales y son los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona. 

 

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El empresario español que lucha contra la usura

El empresario Raúl Castañeda se vio en la ruina por culpa de Cofidis, hasta que descubrió que podía ganarles en los tribunales. Por ello, hemos decidido dar respuesta a algunas preguntas sobre los listados de morosidad. Fundó Preico Jurídicos y ayuda a miles de personas, muchas de ellas murcianas, a recuperar su dinero.

La lucha contra la usura de Raúl Castañeda

Él mismo fue víctima de la usura. Vendía colchones, pero se arruinó por culpa de una entidad de microcrédito: llegó a perder su casa y pasó a residir «en un almacén, en un remolque donde guardaba las motos, puse uno de mis colchones y estuve con mi mujer y con mi hija, que entonces tenía 6 años, viviendo seis meses», relata Raúl Castañeda, fundador de Preico Jurídicos. Hasta que se percató de que los intereses que aplicaba la entidad: descubrió la Ley Azcárate y el punto débil de la financiera de créditos rápidos. Desde entonces, no ha parado de trabajar, tanto para vencer a los estafadores y usureros como, principalmente, para ayudar a sus víctimas. «Una señora se me suicidó al teléfono, eso no lo termino de superar», confiesa.

Rememora que «todo empezó debido a que fui víctima de la usura por varias entidades, aunque la que más daño me hizo fue Cofidis: me ingresaba dinero en mi cuenta, pero me retenía un porcentaje que debía devolver a los cinco años; luego, alegando que había clientes sin trabajo, me descontaron todo el dinero». 

«No lo pude soportar, tuve que cerrar mi empresa, las cinco oficinas, despedir a 131 empleados, perdí mis coches, perdí mi casa», afirma.

 

El perito judicial que se encarga de combatir la usura

Este catalán es el gerente del despacho de servicios jurídicos especializado en derecho financiero Preico Jurídicos, fundado en 2017: "No soy abogado, soy perito judicial y aun y eso inicié este despacho de abogados solo con el fin de poder plantarle cara a la usura", así de claro lo explica en su vídeo de presentación, publicado en el canal de Youtube de su empresa. Y como tal costa en su perfil de LinkedIn, en el que se puede leer que consiguió su título de perito judicial inmobiliario en 2018 y actualmente se encuentra cursando el de perito judicial tributario.

La Ley Azcárate, ¿qué es?

Esa norma, conocida también como Ley de la Usura, fue aprobada el 23 de julio de 1908, en la época de la Restauración borbónica y sigue en vigor actualmente. 

Su nombre oficial es Ley de 23 de julio de 1908 sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios. Tras hacer el descubrimiento, «como se la tenía jurada a Cofidis, me fui a buscar abogados, pero me dijeron que me fuera, porque yo era un vendedor de colchones». Hasta que dio con un letrado que confió en él, se pusieron manos a la obra y «en apenas cuatro meses teníamos 3.000 clientes». 

«Los clientes me empezaron a decir: ¿por qué no me luchas igual contra otros bancos u otras financieras? Y llevamos más de 22.000 juicios en los juzgados».

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